lunes, 23 de junio de 2008

Redistribución “K” de la riqueza

En la Constitución Nacional no hay un párrafo ni una sola palabra que autorice, permita, habilite o dé lugar a interpretar que el Ejecutivo puede arrogarse la facultad de apropiarse del patrimonio y la renta de algunos ciudadanos para distribuirlos, a su arbitrio, a otros sectores menos favorecidos.
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Fuente: Economía Para Todos

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